Se sancionó la controvertida ley que reduce la edad para imputar penalmente a menores. Sin embargo, el presidente de la Asociación de Abogados Penalistas de Rosario sostiene que su impacto real será limitado.
Este lunes fue publicada en el Boletín Oficial la ley que reduce la edad de imputabilidad, volviendo a poner en el centro del debate la relación entre delito juvenil, seguridad y política criminal. La misma fue impulsada por el oficialismo, y hace diez días fue aprobada en el Senado, con 44 votos a favor. En medio de preocupaciones sociales por la violencia y el narcotráfico en Rosario, la discusión se instaló con fuerza en la agenda pública. Sin embargo, para el abogado penalista rosarino José Nanni, la reforma dista mucho de tener el impacto inmediato que muchos discursos políticos prometen.
“Una cosa fue el slogan político y otra cosa muy distinta es lo que después se terminó aprobando en la ley”, señala el penalista al analizar la sanción del nuevo régimen penal juvenil. Para Nanni, el debate alrededor de la baja de la edad de imputabilidad estuvo atravesado por consignas que simplifican la complejidad del delito y del sistema penal para menores.
La norma, bajo el número 27.801, establece el régimen penal aplicable a adolescentes de entre 14 y 18 años que sean imputados por delitos contemplados en el Código Penal o en leyes penales especiales. Según el texto oficial, el sistema busca promover en el adolescente el “sentido de la responsabilidad legal por sus actos y lograr su educación, resocialización e integración social”.
Uno de los primeros puntos que el abogado pone sobre la mesa es la distancia entre la percepción social del delito juvenil y los datos concretos disponibles. “Las estadísticas criminales públicas muestran que los delitos cometidos por menores son menos del 10% del total”. Ese número, señala, se mantiene incluso bajo el régimen anterior.
Además, dentro de ese porcentaje, la mayoría de los delitos cometidos por menores no se relaciona con los hechos más violentos que dominan la agenda mediática. La mayoría corresponde a delitos contra la propiedad. “Son muy escasos los porcentajes de homicidios, balaceras o delitos vinculados a estupefacientes cometidos por menores de edad”, afirma.
A pesar de sus críticas, Nanni no descarta que la discusión sobre el régimen penal juvenil fuera necesaria El sistema vigente hasta ahora tenía décadas de antigüedad. El antiguo régimen penal era de principios de los años ochenta. Desde esa perspectiva, revisar el sistema podía ser pertinente. Sin embargo, para el abogado “Era un tema que merecía ser debatido, reformulado y tratado. Pero no creo que haya sido un tema de agenda ni de prioridades… como por ejemplo, la reforma de la legislación sobre drogas”.
Otro de los aspectos que el penalista subraya es la distancia entre el discurso político que acompañó la discusión y el contenido final de la norma aprobada. Durante meses, el debate público estuvo marcado por consignas como “el que las hace las paga” o la idea de aplicar “pena de adulto a delito de adulto”. Pero según Nanni, el texto aprobado se aleja bastante de esa lógica punitiva.
De hecho, el nuevo régimen penal juvenil mantiene un enfoque que prioriza la reinserción social de los adolescentes. También recuerda que la normativa mantiene una serie de garantías específicas para los menores, entre ellas la prohibición de alojarlos en establecimientos penitenciarios destinados a adultos.
En el debate público, uno de los conceptos que más confusión genera es el de la imputabilidad. Muchas veces se presenta la baja de edad como una herramienta que permitirá castigar con mayor dureza a los menores que cometen delitos. Sin embargo, desde el punto de vista jurídico, la situación es más compleja.
Es fundamental distinguir entre la posibilidad de imputar penalmente a una persona y la aplicación efectiva de una pena. “Imputar no es lo mismo que penar”, resume.
Es por esto que uno de los puntos centrales de análisis tiene que ver con la implementación práctica de la ley. Aunque la norma fue aprobada a nivel nacional, su aplicación concreta depende en gran medida de las provincias. “La Nación dicta la legislación de fondo. Pero toda la puesta en funcionamiento depende de cada provincia”, señala.
Eso implica que serán los gobiernos provinciales los encargados de crear la infraestructura necesaria para aplicar el nuevo régimen. Entre otras cosas, eso incluye nuevos juzgados, nuevas fiscalías, trabajadores sociales, equipos interdisciplinarios y centros de alojamiento, y el presupuesto necesario para implementarlo. En el caso de Santa Fe, el abogado considera que todavía hay un largo camino por recorrer antes de que el sistema esté preparado para aplicar plenamente la nueva ley.
En una ciudad como Rosario, donde la violencia vinculada al narcotráfico ha dominado el debate sobre seguridad en los últimos años, la discusión sobre la baja de la edad de imputabilidad adquiere una dimensión particular.
Sin embargo, Nanni relativiza la idea de que la reforma pueda tener un impacto inmediato en la realidad local. “No va a cambiar en nada”, afirma con crudeza. Según su análisis, los cambios en materia penal suelen tener efectos que solo pueden evaluarse en un plazo de tres a cuatro años.
“Pensar que se sanciona una ley y a la semana siguiente desaparecen los delitos es una falsa creencia”, sostiene. “Esto no es solo una cuestión del derecho penal. Hay que trabajar con psicólogos, sociólogos, trabajadores sociales y especialistas en minoridad”.



