La pelea política por el parque acuático en la Costanera Norte sumó un nuevo capítulo dentro del Concejo Municipal. Concejales opositores impulsaron una sesión extraordinaria para discutir exclusivamente los proyectos vinculados a la obra impulsada por el municipio. Aunque la presidenta del cuerpo, María Eugenia Schmuck, expresó una interpretación distinta sobre el mecanismo de convocatoria, finalmente la sesión extraordinaria se realizará. El episodio abrió además una discusión jurídica y política sobre el alcance de la nueva Ley Orgánica Municipal y quién interpreta las reglas de funcionamiento del Concejo.
La discusión por el parque acuático ya dejó de ser solamente una disputa sobre urbanismo, ambiente o prioridades de gestión. Esta semana el conflicto entró de lleno al terreno institucional y abrió una discusión que puede marcar un precedente para el funcionamiento futuro del Concejo Municipal de Rosario.
Todo comenzó cuando un grupo de concejales opositores decidió avanzar con una convocatoria extraordinaria para tratar exclusivamente los expedientes vinculados al proyecto que el Ejecutivo impulsa en la cabecera norte de la ciudad. La intención política era clara: transformar el rechazo que viene creciendo entre vecinos, organizaciones y sectores opositores en una expresión institucional dentro del recinto.
Una sesión extraordinaria para ponerle voz al rechazo
La convocatoria fue impulsada por diez concejales de distintos espacios políticos y se apoyó en el artículo 33 de la nueva Ley Orgánica de Municipalidades N.º 14.436.
Entre los firmantes estuvieron: Norma López, Juan Monteverde, Julián Ferrero, Antonio Salinas, Agustina Gareis, Pablo Basso, Mariano Romero, María José Poncino, Fernanda Gigliani y Leonardo Caruana.
La propuesta contempla el tratamiento de unos 14 expedientes vinculados directa o indirectamente al parque acuático: desde pedidos para suspender el proceso licitatorio hasta iniciativas para declarar patrimonio histórico, deportivo y ambiental parte del sector costero.
🚨Urgente: desde la oposición convocamos, en base al artículo 33 inciso de la nueva ley orgánica de municipios Nº 14436, a una SESIÓN EXTRAORDINARIA del Concejo Municipal para tratar exclusivamente los proyectos vinculados al parque acuático. pic.twitter.com/QkjiJTxVLM
— Norma López (@NormaLopezSF) May 21, 2026
La resistencia inicial y el debate por la interpretación
Uno de los momentos de mayor tensión apareció cuando la presidenta del Concejo, María Eugenia Schmuck, planteó una interpretación distinta respecto del mecanismo de convocatoria.
Desde la presidencia se sostuvo que el reglamento interno exigía un umbral superior para habilitar una sesión extraordinaria y que el pedido debía evaluarse bajo ese criterio.
Sin embargo, varios concejales cuestionaron esa lectura y defendieron que el nuevo régimen legal ya modificó ese esquema.
La diferencia de interpretación generó un fuerte intercambio político y jurídico dentro del cuerpo.
Pero finalmente, más allá de las diferencias sobre el procedimiento, la sesión extraordinaria fue convocada y se realizará, dejando abierta una discusión institucional que excede el tema del parque acuático.
La letra fina: por qué algunos sostienen que la convocatoria era obligatoria
Quien desarrolló uno de los argumentos jurídicos más difundidos fue el abogado constitucionalista Mariano Bär.
Su planteo es que la nueva Ley Orgánica Municipal N.º 14.436 derogó expresamente la vieja Ley 2756 y modificó el mecanismo para convocar sesiones extraordinarias.
Según explicó, ahora alcanza con que un tercio del cuerpo solicite formalmente la convocatoria.
Y ahí aparece el punto central: si la ley cambió, el reglamento interno no podría mantener un requisito distinto porque rige el principio de jerarquía normativa.
“La ley posterior deroga la anterior y el reglamento reglamenta la ley. Cuando cambia la ley, cambia el reglamento”, sostuvo el constitucionalista.
Otra discusión de fondo: quién interpreta el reglamento
Bär también puso el foco sobre otro aspecto institucional.
Sostuvo que la presidencia del Concejo no debería funcionar como intérprete definitiva del reglamento interno y que esa atribución corresponde al cuerpo colegiado.
La discusión no es menor: abre el interrogante sobre cómo se resolverán futuros conflictos de interpretación dentro del recinto.
Autonomía municipal y límites institucionales
Desde la presidencia también apareció el argumento de la autonomía municipal.
Sin embargo, el constitucionalista recordó que Rosario todavía no cuenta con Carta Orgánica propia y por lo tanto continúa regida por la Ley Orgánica Provincial vigente.
Según esa interpretación, el reglamento interno debe adecuarse al nuevo esquema legal.
El parque acuático ya dejó de ser solo una obra
Lo que dejó esta discusión es que el conflicto alrededor del parque acuático sigue ampliando sus fronteras.
Primero fue el debate urbano. Después el ambiental. Más tarde el político.
Ahora apareció una discusión institucional sobre el funcionamiento del Concejo y sobre hasta dónde llegan las facultades de cada actor dentro del proceso deliberativo.
Y mientras la sesión extraordinaria finalmente avanzó, quedó una señal política difícil de ignorar: el rechazo al proyecto logró salir de la calle y entrar formalmente al recinto.


